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APARECIERON LOS RESPONSABLES DEL MAGNICIDIO DE ALVARO GOMEZ HURTADO

Farc reconocen autoría del magnicidio de Álvaro Gómez Hurtado.El anuncio fue hecho este sábado por la magistrada Patricia Linares, presidente de la JEP. La extinta guerrilla también reconoció su responsabilidad en otros homicidios.

Patricia Linares, presidenta de la JEP, anunció este sábado que la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SRVR), después de una reunión celebrada el 25 de septiembre, recibió una carta en representación del antiguo secretariado de las Farc-EP, en la que asumen su responsabilidad en el asesinato del líder político Álvaro Gómez Hurtado, en hechos ocurridos el 2 de noviembre de 1995. Por lo tanto, esta extinta guerrilla ofreció a este tribunal aportar verdad y esclarecer lo ocurrido.

Así mismo, asumió la responsabilidad en los siguientes casos:

- Homicidio de Hernando Pizarro León-Gómez, 25 de febrero de 1995

- Homicidio de José Fedor Rey (Javier Delgado), 30 de junio de 2002

- Homicidio de Jesús Antonio Bejarano, 15 de septiembre de 1999

- Homicidio del general ( r ) Fernando Landazábal Reyes, 12 de mayo de 1998

- Homicidio del representante a la Cámara Pablo Emilio Guarín, 15 de noviembre de 1987

La JEP también indicó que la carta fue recibida el día 30 de septiembre de 2020, y que está firmada por Julián Gallo Cubillos, Pastor Lisandro Alape Lascarro y Pablo Catatumbo Torres Victoria, y sus abogados. “El contenido de esa carta ya se encuentra en trámite en la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad para lo de su competencia”, concluyó ese tribunal.

El anuncio de la JEP se da luego de que este viernes la Fiscalía citara a diligencia de declaración a la exsenadora de la república, Piedad Córdoba, luego de que ella dijera días atrás que tenía información sobre el asesinato del líder político Álvaro Gómez Hurtado.

El pasado 9 de septiembre, en el programa El Debate de SEMANA, la exsenadora y excandidata a la presidencia Piedad Córdoba dijo que ella sí sabía algo sobre ese magnicidio, y que presentaría las pruebas ante la Comisión de la Verdad.

La ex-congresista manifestó que el país necesita saber la verdad sobre dicho caso y, que si bien no practica la ideología política de Gómez Hurtado, debía reconocer que fue un hombre muy importante para el país.

“Yo lo que sé sobre el asesinato de Álvaro Gómez Hurtado no lo voy a volver un tema de farándula, ni mediático, lo voy a decir en la Comisión de la Verdad, porque creo que el país necesita saberlo, porque vuelvo y reitero, aquí se asesina a líderes y líderesas y pareciera que no afectara a la sociedad, y sí afecta, como son las masacres por ejemplo”, explicó Córdoba en El Debate.

"Lo que sé sobre Álvaro Gómez no lo voy a volver un tema de farándula"

Además, dijo que al decir que tenía información sobre el magnicidio de Gómez Hurtado, no estaba pensando en cálculos hacia el uribismo, recalcando que ella no pertenece a esa colectividad. “Yo no tengo cercanía ideológica, ni personal, ni sé si al uribismo le conviene que fue julano o fue sutano. Yo creo que lo que le conviene al país es la verdad, es necesario que el país sepa la verdad y que el país tenga claro quiénes fueron realmente los actores, y no que investigaciones dirigidas conduzcan a que no se sepan, o que paguen los platos rotos como en el caso del asesino de Galán, una persona que estuvo en la cárcel y no tuvo nada que ver y que luego su nombre ni siquiera pudo ser limpiado porque se murió. Estoy muy convencida de que esto se sepa”, manifestó Córdoba en SEMANA.

Cabe recordar que tras enterarse de un encuentro que se llevó a cabo en el apartamento del exministro Juan Fernando Cristo, y donde estuvieron presentes el expresidente Juan Manuel Santos; el jefe del partido Farc, Rodrigo Londoño; y el senador Iván Cepeda, la exsenadora Córdoba publicó unos mensajes a través de su cuenta en Twitter donde les decía que debían aprovechar esa reunión para encontrar la verdad sobre el magnicidio de Gómez Hurtado.

Piedad Córdoba sabe quiénes fueron: Federico Gutiérrez por caso de Álvaro Gómez

“Señor Premio Nobel Juan Manuel Santos, ex-ministro Juan Fernando Cristo, senador Iván Cepeda, señores Rodrigo Londoño Timochenko y Carlos Lozada, ya que se están reuniendo para avanzar en la verdad, sería muy bueno que la encontraran sobre el asesinato del Dr. Álvaro Gómez Hurtado”, escribió la exsenadora en ese entonces.

Y fue más allá. Dijo que debido a ese caso, había muchos militares que estaban “pagando los platos rotos”: “Y que por ahí derecho le cuentan la verdad al ex-presidente Samper. Es muy importante saber la verdad porque por el asesinato del Dr. Álvaro Gómez Hurtado hay unos militares pagando los platos rotos”, agregó Córdoba.

No obstante, Mauricio Gómez, hijo de Álvaro Gómez Hurtado, habló este viernes en Semana Noticias sobre las pruebas que tendría Piedad Córdoba del magnicidio del líder conservador. Dijo que lo tomó con mucha sorpresa, como a muchos colombianos, pero que le resultaba extraño y difícil confiar en la ex-congresista.

“Estaba ausente de los medios y ahora sale con una sorpresa de que sabe quién mató a Álvaro Gómez. Todo está bien pensado, quieren llevar el caso a la JEP para que le echen la culpa a un guerrillero muerto, Tirofijo o el Mono Jojoy”, señaló Mauricio Gómez.

Así mismo, el hijo del líder político asesinado aseguró que la excongresista seguramente expondría algunos audios o documentos y así el proceso pasaría a cosa juzgada y le quitaría la competencia a la Fiscalía: “Y se acaba el caso y todo el mundo tan contento sobre todo los señores Serpa y Samper”.

Además, se preguntó por qué la exs-enadora no fue a la Fiscalía que es el “órgano regular. Que si uno tiene noticias debe ir a la Fiscalía, por qué está tratando de ir a la Comisión de la Verdad; es lo que ella quiere, ayudar a su gran amigo Samper”.


LO QUE SUCEDIÓ DURANTE LA AUDIENCIA A ALVARO URIBE VELEZ

Durante la audiencia ante la juez 30 de Bogotá el representante de la Fiscalía señaló que el proceso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez no iba a iniciar de ceros pero que se debía conceder la libertad del ex-mandatario.

E​l fiscal Gabriel Ramón Jaimes Durán, encargado del caso inició su intervención pidiendo que el caso se mantenga en el campo judicial y legal y no en lo político, para que se resuelva "lo que en derecho corresponda".

Jaimes Durán indicó que hay que resolver cómo preservar el ordenamiento judicial al realizar el cambio de un sistema penal a otro, pues la misma normatividad no da esa claridad y se debe acudir a la interpretación que han dado los mismos jueces.

Añadió que el tema es de la mayor complejidad y se debe resolver con toda la rigurosidad en temas de garantías procesales y teniendo en cuenta las consecuencias sobre el proceso y las partes.

Al igual que Granados, el fiscal del caso hizo referencia al precedente de 'Jesús Santrich' y dijo que el caso pasó de la Corte Suprema a la Fiscalía en una etapa avanzada y ya en el alto tribunal se había resuelto la situación jurídica del procesado.

Dijo que en la Fiscalía el proceso siguió en etapa de investigación.

Jaimes Durán señaló que las actuaciones realizadas por la Corte Suprema de Justicia en el caso Uribe son válidas y se tomaron en el marco de su competencia.

Hizo una larga explicación sobre las diferencias entre la imputación de cargos en el nuevo sistema y la indagatoria en el viejo esquema para concluir que no se pueden equiparar.

"No es lo mismo y no se puede decir que es lo mismo la indagatoria y la imputación de cargos", precisó el fiscal Jaimes Durán tras señalar que en el primero apenas se está investigando y en el segundo ya hay todo un trabajo investigativo que ha permitido llegar a conclusiones sobre la presunta responsabilidad del procesado.

El funcionario del ente acusador indicó que han empezado a revisar el caso y han encontrado circunstancias que permiten concluir que la forma de vinculación realizada afecta el debido proceso y se registran vulneraciones al ordenamiento legal.

Aclaró que en la indagatoria realizada en la Sala de Instrucción se hace referencia a un hecho penal pero que hay omisiones que dificultan el derecho a la defensa.

Dijo que más allá de las diferencias entre la imputación y la indagatoria, se detectó que la diligencia realizada en la Corte “no contiene con rigor los hechos jurídicamente relevantes, y menos de una manera organizada y concatenada que nos permita calificar el desarrollo de esa diligencia como una forma clara y sucinta de transmisión de una información suficiente para que el indagado y su defensa activen sus derechos, en particular el derecho a defenderse”.

Indicó que entre las omisiones se encuentra que no se dijo con claridad el alcance de los señalamientos en cuanto a la autoría o participación de Uribe Vélez en los hechos investigados.

“Nunca se le puso de presente al procesado ni el carácter de imputación como determinación, ni su modalidad ni circunstancias. Razones que sirvieron de acopio al momento de resolver la situación jurídica del procesado para imponer medida de aseguramiento”, dijo el fiscal.

“Tal aspecto resulta de gran trascendencia desde la perspectiva del debido proceso en exigencia constitucional y legal desde el derecho a la defensa”, sostuvo el fiscal y añadió que en la indagatoria “Hay una mínima precisión frente a los delitos que se le encontraron” al investigado “lo que contraviene la legalidad y dificulta el derecho a la defensa”.

Dijo que por ejemplo no se le puso en conocimiento a Uribe Vélez la posibilidad de confesión o sentencia anticipada o alguno de los mecanismos para la terminación anticipada de los procesos.

Igualmente criticó que la indagatoria fue desordenada y que no hubo claridad sobre la calidad de delito por el que estaba siendo investigado.

Además dijo que la indagatoria se realizó el 8 de octubre de 2019 y desde allí se debió garantizar un tiempo razonable pare el derecho a la defensa, pero por el cambio de sistema eso no ha sido posible.

Y aunque no pidió ninguna nulidad sí advirtió que esas situaciones detectadas podrían generar un riesgo en ese sentido.

Precisó que  el documento de más de 1.500 páginas en el que se resolvió la situación jurídica no se puede considerar una imputación de cargos al no cumplir con el requisito de “contenido respecto de un relato claro y sucinto de los hechos para ser transmitidos de forma puntual para que el receptor de las mismas quede vinculado al proceso”.

Dijo que el sistema judicial debe responder a las víctimas y su petición de verdad y justicia, pero que esto no puede afectar el debido proceso y poner en riesgo al proceso de nulidades futuras.

Y concluyó que el proceso debe seguir en la etapa de investigación y dejar sin efecto el acto de definición de la situación jurídica otorgando la libertad a Uribe.

"La investigación no parte de cero", añadió el funcionario tras indicar que no habrá impunidad y que seguirán examinando las evidencias que en su momento recolectó la Sala de Instrucción de la Corte Suprema.

El fiscal dijo que "el debido proceso es un derecho humano que está en la ley y en la declaración Universal de los derechos humanos" y su respeto legítima la acción del Estado.  

Según la interpretación de la Fiscalía la investigación seguirá avanzando pero no tendrá en cuenta la indagatoria ni la decisión que resolvió su situación jurídica.

El abogado Jaime Granados Peña, defensor del ex-presidente Álvaro Uribe Vélez formalizó la petición de libertad inmediata de su cliente asegurando que no se está cuestionando la decisión de la Sala de instrucción de la Corte Suprema de Justicia que ordenó su detención , sino el efecto que tendría en el proceso el cambio de sistema por el que se adelanta ahora la investigación.

Granados señaló que en el año 2002 se estableció en la Constitución que le corresponde a la Fiscalía pedir las medidas de aseguramiento que corresponden para que las personas acudan ante los jueces y que los jueces de control de garantías serán los encargados de resolver ese tipo de solicitudes frente a la libertad de las personas.

Y añadió que ese tipo de peticiones se dan al momento de la imputación de cargos contra las personas investigadas y bajo algunos parámetros establecidos en la misma normatividad.

El penalista señaló que al pasar la investigación del sistema de la ley 600 a la ley 906 se deben tener en cuenta tres aspectos. ¿En qué etapa procesal está el proceso?, ¿En qué calidad se encuentra el investigado?, y si él debe seguir privado de la libertad.

Dijo que cuando la Sala de Instrucción de la Corte Suprema definió que había perdido competencia sobre el caso tras la renuncia de Uribe vélez al Senado, no dijo cómo se debería dar el tránsito al nuevo sistema penal.   

Igualmente dijo que antes del cambio de sistema, se había realizado una indagatoria, se resolvió la situación jurídica de Uribe Vélez ordenando su detención, pero no se cerró la etapa de investigación. Por ello dijo que ahora el proceso tendría que quedar en la etapa de indagación y se tendría que ordenar la libertad. "No se puede equiparar la diligencia de indagatoria con la imputación de cargos",señaló Granados.

Dijo que cuando la Fiscalía va imputar cargos es cuando ya tiene claro lo que sucedió, cuando considera que ya tiene evidencias suficientes para llevar al procesado ante los jueces y en cambio en la indagación apenas vincula a la persona a un proceso que está investigando aún.

Granados mencionó varios precedentes judiciales para ratificar que el proceso no puede seguir en la etapa de imputación de cargos.  Y advirtió que en el futuro una decisión contraría abriría la puerta a una nulidad de lo actuado.

Igualmente señaló que si se fuera a equiparar la indagatoria con la imputación, ya estarían vencidos los términos para la presentación del escrito de acusación.

Presentó como antecedente el caso del congresista León Freddy Muñoz capturado en junio de 2018 con una sustancia con rastros de cocaína. Fue detenido e imputado ante un juez y al ser elegido en el Congreso su caso pasó a la Corte Suprema, pero no para avanzar en el juicio en su contra sino apenas para la investigación.

Indicó que Uribe Vélez tiene derecho a ser tratado con igualdad y que se le garanticen los derechos a su defensa.

Así mismo indicó que no es momento de dar el debate sobre qué pruebas o evidencias pueden seguir siendo usadas en el proceso, pues eso está en manos de la Fiscalía en este momento.

El ex-fiscal general Eduardo Montealegre advirtió que la Fiscalía pidió una nulidad en medio de la audiencia y que eso no estaba previsto que esa solicitud se hiciera en esta audiencia.

Montealegre, se presentó para ser reconocido como víctima del ex-presidente Uribe, y pidió que la audiencia se suspendiera para conocer la indagatoria que rindió el ex-senador ante la Sala de Instrucción de la Corte.

En ese mismo sentido se pronunció el ex-vicefiscal Jorge Ferrnando Perdomo, pues señaló que la Fiscalía sustentó gran parte de su argumentación en esa indagatoria.

Añadió que la audiencia era una petición de libertad y ahora se convirtió en una de nulidad, desbordando la razón para la citación.

La juez consideró que ni la defensa ni la Fiscalía solicitaron una nulidad de lo actuado  y que la petición de Montealegre y Perdomo no procede por lo que la audiencia debe continuar. Concedió un plazo de 45 minutos para que las víctimas conocieran la indagatoria. 

Al terminar ese tiempo inició la intervención del abogado Reynaldo Villalba, quien cuestionó a la Fiscalía y dijo que no entiende de dónde salen sus críticas a la indagatoria realizada en la Sala de Instrucción de la Corte Suprema.

Villalba dijo que no hubo afectaciones al debido proceso y que la Corte actuó con claridad y legalidad.

Dijo que es posible armonizar los dos sistemas para que el proceso siga su curso y se sumó a la advertencia de que se estaría buscando la nulidad del caso.

El jurista señaló que las decisiones de la Corte tanto la vinculación en indagatoria como la resolución de situación jurídica están en firme y que en el Código General del Proceso se podría hallar la salida al tema.

Allí, dijo el abogado, se señala que lo actuado en los procesos sigue con validez ante el cambio de juez y que esos elementos  se enviarán al juez competente. E insistió que la medida de aseguramiento contra Uribe Vélez debe quedar en firme.


El ex-fiscal Eduardo Montealegre pidió a la juez que se niegue la libertad del ex-presidente Uribe Vélez, y sostuvo que las solicitudes de la defensa del ex-mandatario y de la Fiscalía están basadas en "falacias e interpretaciones contrarias a la ley".


Montealegre dijo que ya hay precedentes de las Cortes que permiten hacer la adecuación de un sistema penal al otro. Dijo que los cambios se deben aplicar hacía adelante y no retrotrayendo las actuaciones.

Durante la audiencia se dieron dos llamados de atención a Montealegre por referirse  al fiscal del caso como el filósofo y a Granados como el letrado. Las partes pidieron que el debate se mantuviera sobre los argumentos presentados y no sobre las personas que participan en la misma.

Igualmente en algún momento se quejaron de lo extenso de la argumentación de Montealegre. La juez del caso incluso ordenó un receso tras un  rifirrafe con el exfiscal general.

"Esta es una petición de nulidad, disfrazada de solicitud de libertad", indicó Montealegre tras  la reanudación de la diligencia.

El ex-vicefiscal Jorge Fernando Perdomo señaló en la audiencia que devolver el caso a una indagación preliminar afectaría los derechos de las víctimas y habría más riesgo de  obstrucción  a la justicia y de prescripción penal.

Dijo que los precedentes mencionados por la defensa no se pueden ajustar al caso.

Perdomo pidió que se mantenga la medida de aseguramiento de Uribe Vélez y que se adecue un procedimiento adecuado de transición entre los dos sistemas que no afecte a las víctimas.

Al final de la audiencia y ya pasadas más de doce horas de audiencia intervino la Procuraduría que consideró que no son compatibles la audiencia de imputación y la indagatoria en el viejo sistema.

Por esto, dijo la Procuraduría, la medida de aseguramiento ordenada por la Corte Suprema perdió vigencia  y no puede seguir activa en el nuevo sistema.

La representante de la Procuraduría, consideró que ante la renuncia de Uribe al Senado y la pérdida de competencia de la Corte Suprema, la decisión de su libertad tendría que resolverla un juez de control de garantías luego de la audiencia de imputación de cargos. 

Indicó la procuradora María Lourdes Hernández que se le debe garantizar a Uribe Vélez el derecho al debido proceso y en ese sentido tendría que quedar en libertad.

Entre tanto la Fiscalía, dijo la procuradora, debe seguir investigando los hechos.La juez levantó la audiencia y dijo que dará a conocer su decisión el próximo sábado a las ocho de la mañana.

14 CONGRESISTAS EN EL SISBEN TENÍAN PUNTAJES POR DEBAJO DE 59 : FUNDACIÓN PAZ Y RECONCILIACIÓN

Algunos tienen puntajes que podrían hacerlos acreedores a ayudas del Estado. Varios de los mencionados piden a Planeación Nacional renovar la información y aclarar que no han recibido beneficios.

Los datos más graves, según Pares, son los de aquellos legisladores con puntajes por debajo de 59, porque desde ese límite se puede a acceder a beneficios.

Según una investigación de la Fundación Paz y Reconciliación (Pares), revelada por El Espectador, en la actualidad catorce congresistas aparecen en el Sisbén, el sistema mediante el cual se define, con un puntaje, la clasificación socioeconómica de los colombianos y, a partir de esta, los beneficiarios para programas sociales del Estado. Siete de ellos ya están validados y los otros siete están en ese proceso; es decir que sus puntajes están siendo revisados por Planeación Nacional, dado que sus condiciones no parecen coincidir con lo registrado.

Aunque el salario no es un indicador que se tome en cuenta para puntuar a alguien, para los investigadores, aparecer supuestamente con unas condiciones socioeconómicas desfavorables cuando se devengan más de $35 millones “resulta sospechoso, además de configurar una afrenta contra los millones de colombianos que sí se encuentran en condiciones desfavorables y ganan menos de un salario mínimo al mes”. En los casos analizados, las últimas actualizaciones de los congresistas datan de 2015 o de años previos, por lo que desde que asumieron su cargo no han realizado modificaciones de sus condiciones en el sistema.

Los datos más graves, señala el informe de Pares, son los de aquellos legisladores con puntajes por debajo de 59, dado que desde este límite se puede empezar a acceder a los beneficios del Estado para los más necesitados. Por ejemplo, Nilton Córdoba Manyoma, senador del Partido Liberal, del Chocó, está clasificado con un puntaje de 28,53 sobre 100 que, en caso de ser validado, le daría derecho a subsidios y ayudas de once entidades del Estado. Otro caso es el de Félix Alejandro Chica Correa, representante a la Cámara por Caldas del Partido Conservador, cuyo puntaje está en 33,79.

En respuesta a esta situación, Chica Correa pidió la actualización del sistema, pues, según dijo, él nunca se ha beneficiado de algún programa del Sisbén: “Yo no he sido pudiente económicamente y seguramente aparezco ahí con esa puntuación baja, que debe ser la misma de cuando estaba en Samaná y Norcasia, de donde soy oriundo, una de las zonas más pobres del país. Esto también lo dijeron en mi campaña a la Cámara y lo que deben aclarar es quiénes acceden a subsidios o beneficios, porque yo nunca he recibido nada, ni estoy en el régimen subsidiado de salud. Quien debe actualizar esa información es el Estado, cada municipio, cada ente territorial”, enfatizó.

Por su parte, Carlos Julio Bonilla Soto, representante a la Cámara por el Cauca, del Partido Liberal, quien también aparece en la lista, aseguró que el tema ha sido mal presentado, pues estar incluido en la base del Sistema no implica el acceso a los programas. “El Sisbén es una forma de censo o registro nacional, al cual todo ciudadano puede estar vinculado sin importar su condición social. Lo escandaloso sería que recibiera algún beneficio del Estado, cosa que no es así. Además, estoy afiliado al Régimen Contributivo en Salud desde hace más de veinte años. A cualquiera le pueden haber hecho una encuesta en cualquier momento, parece que la mía fue por allá en el año 95, pero nunca buscando beneficios sociales”, señaló.

Según el congresista, las encuestas del Sisbén se han realizado mediante operativos y brigadas de tipo masivo, o sea mediante barrido, antes de 2011. Sin embargo, según las normas vigentes, es obligatorio hacer una nueva encuesta con una nueva metodología, establecida en el Decreto 441 de marzo de 2017, que además obliga a mantener la información actualizada, cruzando bases de datos con el Fosyga (manejado por el Ministerio de Salud), la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), el sector financiero y los ministerios de Educación, Trabajo y Vivienda, y entidades como Prosperidad Social, la Registraduría, Colpensiones y el IGAC, entre otras. “Es decir, ese cruce de datos se debió haber hecho con todas las entidades del Estado, lo que amplía exponencialmente la información a la que el Sisbén tiene acceso”, agregó Bonilla.

Otro de los involucrados, León Fredy Muñoz, representante por Antioquia de la Alianza Verde, documentos en mano sobre sus pagos en salud a una EPS, reiteró que todo colombiano, incluyendo al mismo presidente de la República, está registrado en la información del Sisbén, lo cual no significa que sea acreedor a subsidios o beneficios. “Yo estoy en el régimen contributivo en salud, aparezco en el Fosyga. Tengo los documentos, las cotizaciones, los balances, los pagos. Lo digo de frente: esa información es errada, aquí estoy en la oficina del Sisbén del municipio de Bello, donde me entregaron la carta que certifica que estoy en el Régimen Contributivo, cotizando, y eso lo hecho desde hace muchos años, cuando fui concejal del municipio y luego como independiente. He cotizado casi 18 años de mi vida en los que he trabajado”, explicó.

El informe de Pares recalca que el proceso de identificación de beneficiarios en el Sisbén es semiautomático, pues una vez se encuentran validados los datos, la Alcaldía selecciona automáticamente el número de beneficiarios que puede atender con los subsidios, del puntaje más bajo al más alto. Planeación Nacional es la que valida la información. Y aunque se considera responsabilidad de los beneficiarios modificar el puntaje cuando existe algún “cambio en las condiciones sociales y económicas del hogar”, periódicamente se realizan validaciones para detectar a quienes, a pesar de cambiar dichas condiciones, no actualizan su información.

(Tomado de El Espectador)

EL ESTADO DEBERÁ INDEMNIZAR Y PEDIR PERDÓN A LA EXSENADORA PIEDAD CÓRDOBA

El juzgado 38 administrativo de Bogotá condenó a la Nación -encabezada por la Presidencia de la República- y al extinto DAS a pagarle más de 1.100 millones de pesos a la exsenadora Piedad Córdoba y a sus familiares más cercanos, por los seguimientos y chuzadas ilegales que sufrió por parte del extinto DAS entre el 2005 y el 2008. 

El fallo también le ordenó al director del Departamento Administrativo de Presidencia realizar un acto de desagravio para ofrecerle disculpas públicas a Córdoba por los seguimientos ilícitos, y a reconocer la inviolabilidad de la intimidad, honra y buen nombre de las personas. También deberá colgar en su página web esta sentencia y comprometerse con no volver a repetir lo que vivió la excongresista.

La decisión asegura que aunque el Estado tenía la facultad de recaudar información para mantener la seguridad nacional, no es permitido que use como pretexto esas labores de inteligencia para emplear recursos públicos "con el único propósito de recopilar información privada de la oposición para desacreditar a sus militantes". 

El fallo de 49 páginas asegura que está probado que el antiguo DAS "realizó tareas de inteligencia, seguimientos y acciones tendientes a desacreditar la imagen pública de Piedad Esneda Córdoba, con propósitos prohibidos por la Constitución Política y la Ley". 

El documento dice que si bien las actividades de inteligencia y contrainteligencia "constituyen mecanismos legítimos de las autoridades públicas en la consecución de los postulados estatales", en el caso de Córdoba, esas actividades del DAS "no se utilizaron para prevenir, controlar y neutralizar situaciones que pusieran en peligro los fines legítimos del Estado sino para desprestigiar a la demandante, desbordando totalmente el marco de la legalidad". 

El fallo asegura que a Córdoba le interceptaron y monitorearon sus correos electrónicos, registros de telefonía celular, reportes financieros, e infiltraron su esquema de seguridad con agentes del Estado que tenía como misión informar todos los movimientos de la excongresista, sus charlas en universidades, y hasta su vivienda. 

La decisión recuerda que tanto el capitán de la Armada Nacional Jorge Alberto Lagos León, quien era subdirector de inteligencia del DAS entre el 9 de noviembre del 2005 y el 1 de marzo del 2009, así como el capitán Fernando Alonso Tabares Molina, quien fue director de inteligencia de la entidad entre mayo del 2007 y febrero del 2009, fueron condenados por las labores ilegales de inteligencia que cumplieron contra Piedad Córdoba, entre otros personajes públicos del país. 

También fueron condenados por la Corte Suprema de Justicia el exdirector administrativo de presidencia, Bernardo Moreno, y la exdirectora del DAS María del Pilar Hurtado por los seguimientos ilegales contra varios políticos, periodistas, magistrados. 

Entre esos casos, su condena tuvo en cuenta "la recolección, acopio y análisis de información referente a la excongresista Piedad Esneda Córdoba Ruiz, sin que dicha labor estuviere incluida dentro de los motivos que justificaran la intervención del organismo de inteligencia, con el objeto de encontrar información perjudicial en su contra", dice el fallo, conocido por EL TIEMPO. 

La decisión asegura que Hurtado, como directora del DAS, sabía que no tenía un fin legítimo para hacerle seguimientos a Córdoba, pero aún así dio las órdenes a sus subalternos de obtener la información deseada "que sería destinada al Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República", en el gobierno del entonces presidente Álvaro Uribe. 

Los seguimientos no se utilizaron para prevenir, controlar y neutralizar situaciones que pusieran en peligro los fines legítimos del Estado sino para desprestigiar a la demandante

Por eso, la decisión dice que Bernardo Moreno, que ya fue condenado por concierto para delinquir, violación ilícita de comunicaciones, abuso de la función pública y abuso de autoridad, "dispuso que el extinto DAS recopilara información de Piedad Esneda Córdoba y finalmente la recolectó en un documento de inteligencia". 

El fallo recordó que el DAS tenía como finalidad participar en el desarrollo de políticas diseñadas por el Gobierno en materia de seguridad, y obtener y procesar información sobre asuntos relacionados con la seguridad nacional "con el fin de que produjera inteligencia de Estado, para apoyar al Presidente de la República en la formulación de políticas y la toma de decisiones". 

Por eso, la decisión asegura que el Departamento Administrativo de Presidencia que dirigía Bernardo Moreno tenía la facultad de pedirle al DAS información de inteligencia. En ese punto, dice la decisión, se evidenció que Córdoba "fue señalada por el expresidente Álvaro Uribe Vélez como coautora de una conducta punible cuando ostentaba el cargo de congresista  lo que la expuso al inicio oficioso de una investigación penal de la Corte Suprema de Justicia, en agosto del 2008 y que culminó en el año 2012". 

Ese año la Corte archivó la investigación que se había iniciado contra Córdoba por los señalamientos que la vinculaban con la guerrilla de las Farc. El fallo asegura que los "señalamientos falsos" que se hicieron contra Córdoba llevaron a que se iniciara la investigación penal. 

La condena contra el Estado asegura que, como no existen razones constitucionales y legales por las cuales se pidió información "privilegiada que pudiera poner en tela de juicio la reputación de Piedad Córdoba", ni tampoco se justificó por qué esa información era necesaria para el cumplimiento de los fines estatales, "es evidente que la Nación -Presidencia de la República- Departamento Administrativo de la Presidencia, es igualmente responsable por la afectación de los derechos fundamentales de los demandantes", es decir, de Córdoba y su familia.

SE CAE NORMA QUE SUSPENDIA EL PLAZO DE 36 HORAS PARA LEGALIZAR UNA CAPTURA


La Corte Constitucional tumbó una norma que se había incluido en la Ley 1908 del 2018, con la que se fortaleció la investigación contra las bandas criminales. Se trata de un artículo que establecía que desde el momento en el que se inicia la audiencia de legalización de captura ante un juez, es decir, desde que un detenido es presentado ante la autoridad judicial, el plazo que existe para legalizar su detención que es de 36 horas, queda suspendido.

Este artículo se incluyó para evitar que los jueces declaren ilegal una captura en aquellos casos en los que el plazo de 36 horas se supera por la complejidad de los procesos, la cantidad de detenidos o por otras razones que ha encontrado la Fiscalía y que implican dificultades para la legalización. 

Pero el Alto Tribunal tumbó esta norma considerando que si se congelan los términos de 36 horas, se crea un plazo indeterminado que deja a discreción de los jueces la valoración del tiempo que puede tardarse para tomar una decisión sobre si una captura fue o no legal. 

Esta norma fue demandada por el ciudadano José Fernando Eraso Sarasty, quien consideró que el plazo que existía es razonable para que dentro de ese tiempo se cumpla con la legalización de la detención. Según Eraso, permitir que ese tiempo se suspenda viola el derecho a la igualdad, la libertad, el debido proceso y al habeas corpus, ya que esto conllevaría a una detención indeterminada, pues ya no existe un tiempo máximo para que se legalice una captura. 

El demandante aseguró que es desproporcionado que el procesado tenga que soportar las consecuencias por “la carga procesal, la inoperancia y la falta de recursos del Estado para investigar y judicializar”.

La Corte le dio la razón y dijo que esa ley desconoció la jurisprudencia del alto tribunal que indica que se deben fijar restricciones claras cuando se trate de limitar el derecho fundamental a la libertad personal. 

En un concepto enviado ante la Corte, la Fiscalía General,promotora de la norma contra las bandas criminales, le había pedido mantener el artículo demandado. Uno de sus argumentos consiste en que la interrupción del plazo de 36 horas no implica arbitrariedad, pues el juez de garantías debía tomar una decisión en los “términos y criterios establecidos en el derecho interamericano sobre el plazo razonable”. 

Según la Fiscalía, ese plazo razonable depende de la complejidad del caso, la cantidad de capturas, o el lugar en el que se realizan, pues a veces hay regiones donde no hay autoridades judiciales. También depende, dice la Fiscalía, de la conducta de los detenidos, que podrían incurrir en maniobras dilatorias; y de la conducta de las autoridades judiciales, que a veces se demoran en la legalización para proteger la vida del capturado. 

El órgano acusador también dijo en su concepto que aunque el artículo que se cayó sí flexibiliza el plazo de 36 horas para legalizar una captura, “ello no conlleva a una prolongación indefinida e injustificada de la captura, por cuanto dicha flexibilización está sujeta a que el aprehendido se encuentra efectivamente a disposición de la autoridad judicial”.

CAPITAN DEL EJERCITO DETENIDO POR EXPLOTACIÓN SEXUAL DE MENORES


Un capitán del Ejército fue detenido para que responda por los delitos de explotación sexual agravada y acceso carnal abusivo. La víctima fue una menor de 12 años de edad a la que buscó por redes sociales.

La detención se hizo efectiva en la Base militar de Larandia, Caquetá, hasta donde se desplazó personal del CTI y la Sijín del Tolima, pues el uniformado es investigado por estos hechos ocurridos en Ibagué el 30 de marzo de 2018.

El oficial, cuyo nombre se desconoce, fue judicializado en el Palacio de Justicia de Ibagué pero no aceptó los cargos de la Fiscalía.

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De acuerdo con las investigaciones, el hombre le hizo ofrecimientos a la niña a cambio de tener contacto sexual con ella y se cree que, luego de lograr sus oscuras pretensiones, le entregó la suma de 500.000 pesos.

Cuando sus parientes la vieron con el dinero en efectivo la increparon para que les contara cómo lo había obtenido, la niña contó que un militar le había dado dinero a cambio de que accediera a sus deseos sexuales.

​Gracias a las denuncias de los familiares y el relato de la víctima, este capitán de ejército se encuentra privado de la libertad en un establecimiento carcelario.

COBROS EXCESIVOS A TURISTAS EN LAS PLAYAS COLOMBIANAS


No son pocas las historias de turistas que visitan destinos como Cartagena o Santa Marta y, sin mucho control, terminan siendo estafados por comerciantes sea en el transporte, en la playa, en precios de la comida o de otros implementos.

De hecho, un reciente estudio de la Universidad de Cartagena asegura que el 40 por ciento de los turistas que arriban a la ciudad se sientes vulnerados y/o acosados por los comerciantes locales.

Precisamente para proteger a los turistas de estafas y engaños, en Cartagena comenzó a funcionar el 'Bloque de Búsqueda contra el abuso a los turistas por parte del comercio', un grupo élite conformado por Policía Nacional y personal del distrito de Cartagena que se ha propuesto defender los derechos de los turistas y protegerlos de comerciantes estafadores en playas y lugares públicos.

Turistas en Cartagena fueron agredidos tras negarse a pagar masaje: en abril de este año, una familia bogotana que estaba en Cartagena fue víctima de un abuso en el precio de un masaje que era, además, "de cortesía". Una masajista se ofreció a dar una "pruebita" a una mujer de 80 años, pero luego le intentó cobrar $ 30.000, como la mujer se negó se formó una discusión tras de la cual la familia accedió a pagarle solo $10.000 pesos por el masaje. No obstante, uno de los vendedores ambulantes que presenció la discusión le arrojó una silla en la cabeza a una de las turistas y cuando sus familiares intentaron defenderla, un vendedor le tiró una piedra en el ojo a otro de los turistas.

La 'pruebita' de masaje que le costó $450.000 a unas chilenas: en mayo, mientras tres turistas chilenas disfrutaban de la playa de Bocagrande, en Cartagena, unas masajistas se les acercaron y ofrecieron sus servicios. De acuerdo con las turistas, sin que ellas aceptaran las masajistas comenzaron a darles una "pruebita" que no duró ni 5 minuto tras de los cual les dijeron que el total era de 450.000 pesos. Las autoridades conocieron del caso y lograron identificar a las masajistas, quienes tuvieron que devolver el dinero.

La historia detrás de pruebita de masaje a chilenas que valió $450.000
$100.000 por cuatro cervezas en Islas del Rosario: en junio, un grupo de estadounidenses fue víctima de cobros excesivos mientras visitaban las Islas del Rosario, en Cartagena. Contrataron una lancha privada para llegar al lugar, ya se llevaban su propia comida, en la playa Agua Azul solo pidieron cuatro cervezas, cuyo valor, según los precios establecidos era de $8.000 pesos por cada bebida.

La sorpresa llegó cuando les dijeron que la cuenta era de $100.000 pesos, por el uso de las mesas y las sillas, sin que previamente les informaran al respecto.

Nuevo caso de abuso a turistas, les cobraron $ 100 mil por 4 cervezas
Ocho cocteles por $600.000: pocos días después del incidente de las cuatro cervezas en 100.000 pesos, otros turistas estadounidenses vivieron una historia parecida en Bocagrande, Cartagena. A los visitantes les pretendían cobrar 600 mil pesos por ocho cocteles de piña colada, dos mojitos, una cerveza, una gaseosa y el uso de un parasol en las playas de Bocagrande, en Cartagena.

La cuestión era que, según los precios de los productos, la cuenta no debería sumar más de 300 mil pesos. Finalmente lograron acordar en 320 mil pesos el pago a los comerciantes estafadores.

A turistas les cobraron 600 mil pesos por unos cocteles en Cartagena
Precios excesivos por platos de comida en Santa Marta: en julio, se conoció la denuncia de que en un restaurante llamado 'Delicias del mar' había productos con valores excesivos, para tratarse de un restaurante informal, se pudo conocer que el valor de unas huevas de pescado era de $90 mil, cazuela de mariscos a $70 mil y un arroz de mariscos $60 mil.

Al día siguiente de conocerse la denuncia, las autoridades cerraron este establecimiento.

Denuncian cobros excesivos a turistas por comidas en Santa Marta
Más de $500.000 por dos platos de comida en playa Blanca: el caso más reciente que se ha conocido es el de dos turistas argentinas a las que les cobraron 525.000 pesos por un servicio de alimentación. Según comentaron, el hombre que las atendió les dijo que les iba a hacer "una atención", pero luego les cobró la extravagante suma.

Las turistas denunciaron lo sucedido y pocos días después recibieron, de mano de las autoridades, el dinero que le habían arrebatado los estafadores. Este fue el primer caso resuelto a favor de turistas gracias al 'Bloque de Búsqueda contra el abuso a los turistas por parte del comercio', instaurado por las autoridades de Cartagena.

(Tomado de El Tiempo)

ASESINATO DE LIDERES SOCIALES SIN CONTROL EN EL PAIS


En la tarde del viernes, José Fernando Jaramillo perdió la vida tras recibir 10 disparos dentro de su vivienda, en la vereda El Torrente del municipio de Ituango. Jaramillo hacía parte de la junta de acción comunal de la vereda Pascuitá, de la que era presidente su cuñado José Abraham García, también asesinado el pasado 26 de junio.

Ambos nombres están hoy en una lista de 40 asesinatos que podrían encajar en la escalada contra líderes sociales y defensores de derechos humanos, pero que aún no han sido verificados por Naciones Unidas. Si a esa macabra estadística se suman los 33 homicidios que ya están en las listas oficiales de este año, el país podría haber alcanzado, en apenas seis meses, la cifra de crímenes del año pasado: 84.

En las estadísticas avaladas por la ONU aparecen 186 nombres de personas que murieron entre el 2015 y lo que va del 2018, para un total de 219 casos verificados. Esto quiere decir que cada mes se han registrado, desde tres años y medio, una media de cinco homicidios de líderes y defensores de derechos humanos.

Aunque la mayoría de las investigaciones están en proceso, en muchos de los casos se señala como responsables a grupos claramente identificados: el ‘clan Úsuga’ en Antioquia, Córdoba y la región de Urabá; una facción suya conocida como ‘los Caparrapos’, que se independizó en la zona del bajo Cauca desde el momento en que ‘Otoniel’, máxima cabeza de la banda, anunció su intención de someterse a la justicia, algo que aún no cumple.

También aparecen los frentes ‘Manuel Vásquez’, ‘José María Becerra’ y ‘José David Suárez’ del Eln, en el suroccidente del país, especialmente en el Cauca, y las disidencias de las Farc de ‘Mordisco’ y ‘Guacho’ en Nariño. Aunque ayer, en un comunicado, el Eln negó estar tras los asesinatos de líderes y dijo que los están acusando sin pruebas. 

Las investigaciones de la Fiscalía y la Policía no han identificado, en tres años, que se trate de una escalada coordinada a nivel nacional, como sí ocurrió durante el genocidio de la Unión Patriótica a mediados de los 80.

Los móviles van desde intentos por frenar la restitución de tierras hasta los de impedir que más comunidades salgan de la coca, pasando por la persecución contra quienes se oponen a la minería ilegal y los que se han atrevido a denunciar la irrupción de actores ilegales en antiguas zonas de Farc. Y en algunos casos se estableció que el crimen no tuvo relación con el papel de líder de la víctima.

Y si bien el nivel de esclarecimiento de estos hechos no supera el 50 por ciento, los índices de impunidad son mucho menores que en el resto de homicidios reportados, que en general alcanzan el 25 por ciento. A la fecha, la Fiscalía tiene pistas claras en 87 casos de 178 homicidios ocurridos desde el 2016. En esos casos se ha logrado la captura de 165 delincuentes. Hay otros 104 en indagación, 36 en juicio y 16 con condenas.

Delincuentes de alto perfil han caído por las investigaciones por este flagelo. Aris Yírber Caicedo, alias Cholo; Jefferson Chávez, alias Cachi, y Wílber Antonio Quiñónez, ‘Curandero’, integrantes de la disidencia de ‘Guacho’, fueron capturados y están procesados por el homicidio –en octubre del 2017– de José Jaír Cortés, activo promotor de la sustitución de cultivos ilícitos en Tumaco.

El 11 de mayo también fue detenido Samuel Javier Yotengo, alias Mordisco, cabeza de una disidencia de las Farc y a quien además del asesinato de tres policías en Miranda, Cauca, en septiembre de 2017, se le atribuyen asesinatos de líderes sociales que estaban impulsando la sustitución de cultivos de coca.

Aunque históricamente los departamentos más golpeados eran Antioquia, Cauca y Nariño, este año se ha registrado un alarmante repunte de asesinatos en Norte de Santander, Chocó y Arauca. Integrantes de juntas de acción comunal y líderes campesinos, comunitarios e indígenas representan la mayor cantidad de víctimas. 

Aunque se trata de una situación que ha venido afectando la implementación de los acuerdos de paz desde hace ya casi tres años, la última semana ha sido particularmente violenta. Además de Jaramillo fueron asesinados Luis Barrios en Palmar de Varela, Atlántico, y Felicinda Santamaría en Quibdó, Chocó. Barrios era el presidente de la Asociación de Juntas de Acción Comunal de su municipio y era reconocido por ejercer control a la gestión de la administración local y por denunciar actos ilegales, en especial relacionados con tráfico de drogas. Y Santamaría era la presidenta de la junta de acción comunal del barrio Virgen del Carmen, de la comuna 2 de Quibdó.

Además de esos dos casos ya verificados por Naciones Unidas, un día antes fueron asesinados Leonedis Aléiser Sierra, en Tarazá, Antioquia, y Gabriel Adolfo Correa, en Buenos Aires, Cauca, quienes de acuerdo con sus comunidades desempeñaban actividades de liderazgo social. El domingo fue asesinado en Puerto Libertador, Córdoba, Iván de Jesús Lázaro, exsecretario de la junta comunal de la vereda Rogero y que se destacaba por liderar procesos deportivos y culturales.

Ana María Cortés, quien apoyó la campaña de Gustavo Petro en Cáceres, Antioquia, fue asesinada el miércoles. Se sindica a la banda de ‘los Úsuga’, y aunque el excandidato dijo que hay una supuesta persecución contra su movimiento, las autoridades manejan otras hipótesis que en principio no tienen que ver con actividades políticas.

El fiscal general, Néstor Humberto Martínez, señaló que la nueva dinámica delictiva de los territorios está caracterizada por el surgimiento de organizaciones al servicio del narcotráfico, lo que ha generado nuevos conflictos en los que los líderes sociales se están viendo afectados en medio de “unas batallas filantrópicas por sus comunidades para emanciparlas de los cultivos ilícitos y de esta guerra por el territorio”.

El presidente Juan Manuel Santos dijo que, en respuesta a lo que viene pasando, le pidió al ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas, “enviar a terreno a inspectores del Ejército y la Policía para supervisar y evaluar acciones de la Fuerza Pública en la protección de líderes”. 

Y el presidente electo, Iván Duque, afirmó que garantizar la seguridad de los líderes debe ser una prioridad. “No acepto, como colombiano, que ninguna persona se vea amenazada por su pensamiento, por su raza, por sus condiciones personales, y lo que quiero es un país donde brille la legalidad y donde todos los colombianos se sientan protegidos”, dijo Duque.

(Tomado de El Tiempo)

EX-INTEGRANTES DEL SECRETARIADO Y ESTADO MAYOR DE LAS FARC A RESPONDER POR SECUESTRO FRENTE A LA JEP

El próximo viernes 13 de julio, ante la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y Determinación de Hechos y Conductas, de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), tendrán que comparecer los ex-integrantes del secretariado y del estado mayor central de las Farc para responder por el delito de secuestro. 

La Sala de Reconocimiento, a través de auto 002 de 2018, decidió avocar el conocimiento del caso con base en el informe que recientemente entregó la Fiscalía a la JEP denominado Retención ilegal de personas por parte de la Farc. En la diligencia, informó la JEP, se les notificará a los exguerrilleros el inicio del proceso.

También se recordará los deberes del régimen de condicionalidad, en el que se les indicará que para acceder a los beneficios deben aceptar la verdad, reparar de manera inmaterial a las víctimas y comprometerse a no repetir esas conductas, y se dará traslado del informe de la Fiscalía a los convocados con sus respectivos anexos. 

Así las cosas, los magistrados de la sala entregarán un listado de personas que presuntamente estuvieron secuestradas por las Farc y cuyo paradero no se tiene conocimiento. Este listado hace parte de la base de datos que la Fundación País Libre presentó ante la JEP, y como referencia informativa dos informes aportados por el Centro Nacional de Memoria Histórica: Una Sociedad Secuestrada y Guerrilla y Población Civil, trayectoria de las Farc 1949-2013. 

De acuerdo con el diario El Tiempo, tendrán que comparecer ante la JEP Rodrigo Londoño, alias Timochenko; Iván Luciano Márquez, alias Iván Márquez; Julián Gallo Cubillos, alias Carlos Antonio Lozada; y Jorge Torres Victoria, alias Pablo Catatumbo, y los representantes a la Cámara Jesús Santrich –detenido por cuenta de una investigación que lo compromete con el envío de un cargamento de diez toneladas de cocaína a Estados Unidos– Luis Alberto Albán, alias Marco León Calarcá; Jairo González, alias Byron Yepes; y Omar de Jesús Restrepo, alias Olmedo Ruiz.

Igualmente se encuentran José Lisandro Lascarro, alias Pastor Alape; Rodrigo Granda, alias Ricardo Téllez; Abelardo Caicedo Colorado, alias Solis Almeida; Orlay Jurado Palomino, alias Hermes Aguilera; Jesús Mario Arenas, alias Marco Urbano; Jaime Alberto Parra, alias Mauricio Jaramillo; Milton de Jesús Toncel, alias Joaquín Gómez; Rodolfo Restrepo, alias Víctor 34; Juan Hermilo Cabrera, alias Bertulfo Álvarez; Henry Castellanos Garzón, alias Romaña; y Édgar López, alias Pacho Chino. (Le sugerimos: Cámara aprueba normas de procedimiento de la JEP)

La lista continúa con Juan Carlos Ramírez, alias Sargento Pascuas; Jaime Bustos Aldana, alias Marquetaliano; Jesús Emilio Carvajalino, alias Andrés París; José Benito Cabrera, alias Fabián Ramírez; Guillermo Enrique Torres, alias Julián Conrado; José Manuel Sierra, alias Aldinever; Erasmo Traslaviña, alias Jimmy Guerrero; Floresmiro Burbano, alias Martín Corena; Hernán Darío Velásques, alias El Paisa; Luis Óscar Usuga, alias Isaías Trujillo; Martín Cruz, alias Rubín o Morro; José Vicente Lesmes, alias Walter Mendoza; y Luis Alberto Rojas, alias René Emisoras.

Este es el primer caso priorizado por la Sala de Reconocimiento, adoptados el pasado 28 de junio. Para los criterios de priorización se tuvo en cuenta la gravedad de los hechos, la magnitud de la victimización, el impacto en las víctimas, el impacto en pueblos étnicos y otros sujetos colectivos. “La aplicación de los criterios permite priorizar en los casos y situaciones que conoce la Sala de Reconocimiento, que involucran los hechos más graves y representativos del conflicto y a los máximos responsables de crímenes no amnistiables”, precisó la JEP.

De acuerdo con el documento, los criterios de priorización se definen en dos dimensiones: impacto y disponibilidad de la información. Al aplicarlos a los informes recibidos, así como a las bases de datos disponibles, la Sala de Reconocimiento encontró que el secuestro de personas cumplía con dichos criterios. “La Sala de Reconocimiento aclara que la priorización de un caso o situación no significa que otros casos y situaciones no serán priorizados en el futuro”, finalizó la JEP.

(Tomado del Espectador)

MENOR EN EE.UU ES CONDENADO A CADENA PERPETUA POR MATAR A GOLPES A SU HERMANO DE DOS AÑOS

La vida de Christian Fernández, el menor de 13 años que iba a ser condenado a cadena perpetua en EEUU pero que al final sólo estará entre rejas hasta 2018, es la historia de un drama desde su concepción.

Abusos, violencia y maltratos se repiten en su corta pero acelerada infancia. Biannela Marie Susana, su madre, lo tuvo con tan sólo 12 años después de ser violada por un vecino, condenado a 10 años de prisión. Un hijo ilegítimo que marcó la vida de ambos.

Con tan sólo dos años, Christian fue encontrado por las autoridades de Miami desnudo vagando de madrugada por la calle, tras escaparse del motel donde su abuela lo cuidaba bajo los efectos de las drogas.

Él y su madre, todavía menor, pasaron a estar supervisados por los servicios sociales. Apenas un año después, fue expulsado de la guardería por bajarle los pantalones a un compañero y simular que mantenía relaciones sexuales.

Las autoridades determinaron entonces que el niño había sufrido abusos de uno de sus primos.

También descubrieron que el pequeño Christian había matado a un gato porque le había arañado, y fue tratado para corregir su comportamiento "antisocial y con tendencias criminales", según sus informes.

Su vida parecía enderezarse hasta que su madre se casó con Luis Alfonso Galarraga.

Tras cinco años de difícil convivencia, Galarraga se pegó un tiro delante de los hermanastros de Christian, que antes había recibido una brutal paliza. La violencia se apoderó de su vida y el fatídico 14 de marzo de 2011 se constató.

Brianella, con 24 años en ese momento, le dejó al cargo de sus dos hermanos pequeños.
Cuando volvió a casa de noche, se encontró al menor de dos años sangrando por la nariz y los oídos, inconsciente en el suelo. La madre volvió a meterlo en la cama, después de que Christian le mintiese asegurando que sólo se había caído de la cama.

Se despreocupó, navegó dos horas en internet, hasta que se dio cuenta de que el bebé no se movía. Las investigaciones demuestran que entonces buscó en la red los síntomas que presenta una persona "con un golpe en la cabeza".

Asustada, avisó a emergencias, pero era tarde. El más pequeño de la familia falleció en el hospital dos días después con una fractura de cráneo.

Brianella se declaró culpable por negligencia, tras demostrarse en la autopsia que si hubiera avisado a emergencias podría haberse salvado.

 Además del homicidio de su hermano, Cristian será juzgado por abusar del otro de cinco años.

BIOGRAFIA Y FOTOS DE SARA BUILES

Nombre : Sara Builes
Fecha de Nacimiento : 1990
Lugar de Nacimiento : Medellin,Antioquia
Profesion : Modelo
Sexo : Femenino

Sara Builes la hermosa modelo colombiana y ex-candidata a Señorita Antioquia en el año 2009,ha hecho parte de comerciales de television,revistas y ha sido la imagen de varias marcas de productos en nuestro pais,Sara hace parte de la lista de hermosas mujeres que posaron para los lentes de los fotografos de la revista Soho.

Tristemente celebre ´por estos dias, ya que fue capturada al lado del narcotraficante John Freddy Manco Torres, alias “El Indio”.

El nombre de Sara Builes a sido reconocida por su belleza, el glamour, la fama y las pasarelas de moda como una despampanante modelo. Hoy hace parte de la larga lista de mujeres bellas y famosas que fueron seducidas por la mafia y encantadas por una vida de lujos.